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PROYECTOS DE LEY QUE PRETENDEN OBSTACULIZAR EL ACCESO A LOS ABORTOS NO PUNIBLES EN TUCUMÁN
Desde ANDHES queremos manifestar nuestra profunda preocupación ante los
proyectos de ley presentados en la Legislatura de la provincia de
Tucumán por distintos legisladores, que buscan prohibir y generar
barreras para el acceso a abortos no punibles.
REPRODUCIMOS:
Desde ANDHES queremos manifestar nuestra profunda preocupación ante los proyectos de ley presentados en la Legislatura de la provincia de Tucumán por distintos legisladores, que buscan prohibir y generar barreras para el acceso a abortos no punibles, presentando el riesgo institucional de llevar al estado provincial a incumplir con normas de máxima jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico, en contra incluso de la reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Recientemente, en un fallo histórico, el máximo tribunal del país dejó sentado los criterios interpretativos del art. 86 del Código Penal de la Nación, al delimitar los supuestos en los cuales las mujeres pueden acceder a una interrupción legal del embarazo. La Corte Suprema entendió que toda mujer tiene derecho a solicitar a un servicio de salud la interrupción de su embarazo cuando éste sea producto de una violación o ponga en peligro su vida y su salud, sin la necesidad de requerir una intervención judicial para efectivizar esta decisión. Determinó que desconocer este derecho de la mujer y ponerle mayores barreras que las establecidas en la ley, es ilegal y por lo mismo, susceptible de ser sancionado por vía penal y administrativa.
En el fallo sostuvo que la mujer víctima de una violación “no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible”. Por lo tanto, para acceder a esta práctica basta con “que la víctima de este hecho ilícito, o su representante, manifiesten ante el profesional tratante, declaración jurada mediante, que aquel ilícito es la causa del embarazo”. La Corte fundamenta esta decisión en la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y entendió necesario “exhortar a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos”.
El fallo de la Corte Suprema de la Nación –interprete ultimo de la Constitución Nacional- no hace más que clarificar una norma nacional que se encuentra vigente en nuestro país desde 1921 y no cabe a los poderes provinciales más que cumplir con ello, atento a la estructura federal vigente en nuestro país.
En este marco y en sentido inverso a lo dicho por la Corte, al día de la fecha se están discutiendo en la Legislatura de Tucumán, distintos proyectos de Ley que obstaculizan el acceso a un aborto legal y seguro por parte de las mujeres víctimas de violación, lo cual no sólo significaría desconocer el estado de derecho y el sistema republicano que nos rige sino que además implicará la responsabilidad internacional del Estado argentino por el incumplimiento de las obligaciones asumidas.
Desde ANDHES entendemos que ninguna persona puede sentirse afectada ni ofendida por esta decisión del máximo tribunal, que sólo busca mejorar la situación de aquellas niñas y mujeres que transitan difíciles situaciones y ven vulnerados sus derechos.
Celebramos que el Poder Ejecutivo provincial se haya manifestado respetuoso de nuestra constitución Nacional y el esquema institucional vigente, esperando que dicha decisión pronto llegue a efectivizarse en toda la provincia. Esperamos, al mismo tiempo, que el poder legislativo provincial entienda la importancia de trabajar en el mismo sentido.
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